PASTILLAS
"DEL DIA SIGUIENTE" (AOE)
COMUNICADO
DEL COMITÉ DE BIOÉTICA
COMISIÓN EPISCOPAL DE FAMILIA
CONFERENCIA EPISCOPAL PERUANA
La Pastilla
del Día Siguiente (AOE) tiene
como contenido el Levonorgestrel (0.75
Mg.) cuyos mecanismos de acción
reconocidos hasta la fecha incluyen la inhibición
de la ovulación, el retardo en la movilidad
de los espermatozoides y un efecto sobre la mucosa
del útero que no permite la implantación
del embrión humano ocasionando la pérdida
del mismo.
La Dirección General
de Medicamentos, Insumos y Drogas, ha emitido
dos informes técnicos: DIGEMID-DG Oficio
N° 1167-2002 en los cuales sostiene que el
producto Levonorgestrel empleado para la AOE actúa
por varios mecanismos entre los cuales se encuentra
la acción farmacológica de impedir
la ovulación, la fecundación y la
implantación del concebido por las alteraciones
que provoca a nivel endometrial.
Es sabido que el levonorgestrel
ejerce un efecto diverso y multifactorial, que
depende de la relación temporal que se
dé entre el momento de la ingestión
del producto y el día del ciclo menstrual
o el tiempo transcurrido desde la relación
coital. En la versión oficial de los hechos,
se dice que la AOE puede inhibir la ovulación
o, a través de sutiles perturbaciones de
la función del eje hipotálamo-hipófisis-ovario,
retrasarla; que puede modificar la textura del
moco cervical y volverlo impracticable para los
espermios; que puede retardar la movilidad tubárica
y con ella el transporte de los gametos; que puede
debilitar la vitalidad de los espermios y del
ovocito y mermar su capacidad de fecundarse; o
que, en fin, pueda alterar el endometrio y hacerlo
refractario o menos receptivo a la implantación
del huevo fecundado. Es decir, unos cambios son
contraceptivos porque inhiben la fecundación;
otros, en cambio, operan después de ésta
y han de ser tenidos como interceptivos o abortivos
muy precoces.
Disponemos de estimaciones
muy fiables, que permiten concluir que, aún
dada a tiempo, la AOE no inhibe la ovulación
siempre; que, a pesar de los cambios que inducen
el moco cervical, no impide que los espermios
pasen en cantidad disminuida, pero suficiente,
a la trompa; y que el efecto antinidatorio endometrial
juega un papel, decisivo aunque no cuantificado,
en la eficacia del tratamiento.
El PDR (Physician Desk Reference
Book) que registra las características
e indicaciones de todas las medicinas autorizadas
por la FDA en los Estados Unidos de América,
señala que ejerce su efecto mediante 3
mecanismos:
- Inhibe la maduración
de los folículos de Graff y, por tanto,
la ovulación;
- Altera la consistencia
del moco cervical, haciéndolo un obstáculo
para el paso de los espermatozoides;
- Altera el endometrio y
la motilidad de útero trompas incrementando
el peristaltismo, de manera que impediría
la anidación del embrión ya formado.
Evidentemente si se ingieren
las píldoras, aún en dosis más
altas de lo habitual, después de una “relación
sexual no protegida” como la llaman, ni
el primer ni el segundo mecanismo tendrían
efecto, ya que no se podría detener la
maduración del folículo de Graff
y ya habrían pasado a través del
moco cervical los millones de espermatozoides
emitidos en la eyaculación.
Sólo quedaría
por tanto el tercer mecanismo que al impedir la
anidación y detener así el proceso
de desarrollo normaldel embrión da lugar
a un aborto químico temprano.
Desde el punto de vista
técnico el levonorgestrel provoca una alteración
en el transporte tubárico y también
una des-sincronización en la maduración
del endometrio según lo informa el mismo
laboratorio que elabora y comercializa estas píldoras
(ver: www.gador.com.ar). Esto significa que el
efecto buscado, es inhibirla habilidad del endometrio
para la anidación del embrión humano.
Si la píldora es tomada en período
periovulatorio, impide el normal desarrollo y
progreso del embrión humano, lo que elimina
sus posibilidades de supravivencia.
El levonorgestrel altera
la receptividad del endometrio impidiendo que
el embrión siga su desarrollo y pueda implantarse,
ya que en la mucosa uterina no se forman vasos
sanguíneos suficientes, consistencia esponjosa
ni espesor. Así, el “terreno”
no es apto y la implantación no es exitosa
lo que provoca la muerte del embrión. Esta
acción abortiva de levonorgestrel, por
lo precoz, suele pasar inadvertida para la madre.
En resumen:
Si todavía la mujer
no ha ovulado al momento de ingerir la droga,
ésta podría detener el proceso de
maduración del óvulo y no habrá
fecundación.
Si la mujer está
en la ovulación o muy próxima a
la misma y, efectivamente se produce la fecundación,
la droga actúa sobre el endometrio no permitiendo
que se desarrolle, que se ponga en condiciones
para que se implante el embrión, produciéndose
un aborto precoz.
Un segundo argumento ampliamente
debatido ha sido que “nadie sabe cuándo
comienza la vida humana porque la vida fluye de
manera continua y está en el óvulo,
en el espermatozoide y en general en cualquier
célula...”
En realidad, sí sabemos
cuándo comienza la vida humana. Comienza
en la fecundación. Un espermatozoide, con
sólo 23 cromosomas, no es un ser humano;
tampoco lo es él óvulo, con sus
23 cromosomas. Son células haploides. Ninguna
de ellas por sí sola podría devenir
en ser humano. Pero, cuando se unen en una entidad
con 46 cromosomas, el resultado es una nueva vida.
Este es un dato médico.
Científicamente establecido desde el descubrimiento
del Genoma Humano y comprobado diariamente en
la práctica de la fertilización
asistida. Genéticamente, el huevo fertilizado
es un ser humano, con su propio código
e identidad característicos de por vida.
De ahí en adelante, es simplemente una
cuestión de su crecimiento y no hay duda
alguna acerca de lo que él es: un ser humano.
El levonorgestrel utilizado
en la anticoncepción oral de emergencia
tiene entre sus mecanismos de acción el
de impedir que el eventual óvulo fecundado,
que es un embrión humano, se implante en
la pared uterina, mediante un mecanismo de alteración
de dicha pared. El resultado final sería
la expulsión de dicho embrión y
pérdida de dicho embrión. La acción
antianidatoria de la AOE no es otra cosa que un
aborto químico.
Lima, 31 de Marzo
de 2004