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¿Pueden
comulgar los divorciados vueltos a casar ?
Los miembros
de la Congregación de la Doctrina para la Fe,
en una carta a todos los obispos del mundo de fecha
octubre 14, 1994 dice :
"La
creencia errónea que tiene una persona divorciada
y vuelta a casar, de poder recibir la Eucaristía
normalmente, presupone que la conciencia personal es
tomada en cuenta en el análisis final, de que,
basado en sus propias convicciones existió o
no existió un matrimonio anterior y el valor
de una nueva unión. Esta posición es inaceptable.
El matrimonio, de hecho, porque es la imagen de la relación
entre Cristo y su Iglesia así como un factor
importante en la vida de la sociedad civil, es básicamente
una realidad pública.
Con este documento la
Santa Sede afirma la continua teología y disciplina
de la Iglesia Católica, de que aquellos que se
han divorciado y vuelto a casar sin un Decreto de Nulidad,
para el primer matrimonio (indistintamente si fue realizado
dentro o fuera de la Iglesia), se encuentran en una
relación de adulterio, que no les permite arrepentirse
honestamente, para recibir la absolución de sus
pecados y recibir la Santa Comunión. Hasta que
se resuelva la irregularidad matrimonial por el Tribunal
de los Procesos Matrimoniales, u otros procedimientos
que se aplican a los matrimonios de los no bautizados,
no pueden acercarse a los Sacramentos de la Penitencia
ni a la Eucaristía.
Como menciona el Papa
Juan Pablo II en el documento de la Reconciliación
y de la Eucaristía, la Iglesia desea que estas
parejas participen de la vida de la Iglesia hasta donde
les sea posible (y esta participación en la Misa,
adoración Eucarística, devociones y otros
serán de gran ayuda espiritual para ellos) mientras
trabajan para lograr la completa participación
sacramental.
Sólo podrían
acercarse a comulgar si, evitado el escándalo
y recibida la absolución sacramental, se comprometen
a vivir en plena continencia, ha dicho la Sagrada Congregación
para la Doctrina de la Fe.
En el discurso del Papa
Juan Pablo II en la clausura del Sínodo celebrado
en Roma en octubre de 1980, dijo que había que
mantener la práctica de la Iglesia de no admitir
a la comunión eucarística a los divorciados
vueltos a casar. A no ser que cuando no puedan separarse,
prometan vivir en total continencia, siempre que no
sea motivo de escándalo. En todo caso, añade
el Papa, deben perseverar en la oración para
conseguir la gracia de la conversión y de la
salvación . Sin embargo esto no lleva consigo
el que no puedan bautizar a sus hijos. Hay que estudiar
cada caso y ver qué posibilidades ofrecen de
educar en católico a sus hijos .
Por otro lado las personas
casadas sólo por civil y divorciadas pueden comulgar.
El divorcio civil, no es un obstáculo para recibir
la comunión. Por ser un acto civil, todo lo que
hace, es lograr un acuerdo sobre los resultados civiles
y legales del matrimonio (distribución de las
propiedades, custodia de los hijos etc.).
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