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 Artículo actual

18/11/2004
LA CEDULA VIVA AFECTA A TODOS LOS PERUANOS


Por:
Rafael Aita Campodónico *
Congresista de la República
Unidad Nacional



Partiendo del hecho que el 15 % del presupuesto nacional se destina para cubrir aproximadamente el 80% del pago de pensiones de los regímenes públicos es pertinente reflexionar acerca de este tema que en la actualidad viene polarizando las posiciones de los congresistas respecto a la reforma constitucional para cerrar el régimen del Decreto Ley Nº 20530.

La discusión presenta aristas sensibles desde cada una de las posiciones discrepantes las mismas que al ponerse en debate originan fundamentaciones y sustentos técnicos que no se expusieron en la primera votación aprobada a favor de la reforma en el pleno del congreso.

Una de las posiciones, la fundamentada por el Poder Ejecutivo, señala que al régimen original del Decreto Ley Nº 20530 se le añadieron muchas incorporaciones decididas de manera ilegal, ya sea por que se aplicaron criterios interpretativos extensivos o por la admisión de documentación cuestionable. Adicionalmente, los beneficios fueron ampliándose; por ejemplo el cómputo de años de servicios, el reajuste de las pensiones y pensiones a sobrevivientes, los mismos que no fueron acompañados de estudios actuariales que permitieran estimar el costo para el régimen de los nuevos beneficios así como el incremento de los aportes.

Dichos beneficios cuentan con la protección constitucional vigente (Constitución de 1993) la misma que estableció, de manera excepcional en esta materia, el principio de los derechos adquiridos, por lo cual, en teoría, ninguno de los beneficios pudo ser afectado por mandato de alguna norma con rango de ley.

Por otro lado, los pensionistas y sus voceros sostienen que el problema fiscal no debe ser resuelto a costa de los pensionistas, pues en su oportunidad han cumplido con entregar sus aportes al Fondo y malos gobiernos se apropiaron de los mismos para destinarlos a otros fines.

Agregan que se pretende tomar exclusivamente el tema pensionario como bandera para justificar una reforma del sector público cuando el tema de las remuneraciones en el sector público presenta las mismas deficiencias de dispersión sin embargo no hay la misma voluntad para afrontarlo.

Para nadie es secreto que la relación entre el sueldo mas alto y el mas bajo del sector público alcanza la relación de 30 a 1; también se menciona que similar régimen de cédula viva es el que rige para las fuerzas armadas y policiales sin embargo no se incluyen en la reforma por lo que se demuestra que no se está tratando el tema pensionario de manera integral sino exclusivamente en un sector de ellos.

Como se aprecia, ambas posiciones aún tienen muy lejanas algún aspecto de consenso y principalmente porque no se han propiciado mecanismos de difusión y de información de los pro y los contra de cada una de las posiciones, necesidad que ya se viene planteando como condición previa antes de la segunda votación en el pleno de la reforma.

Tanto la Comisión de Seguridad Social como la de Constitución y Reglamento tienen la responsabilidad de dirigir el debate público que permita acercarnos a un entendimiento político entre las partes, flexibilizando las posiciones extremas y adoptando soluciones realistas que sean verdaderamente aplicables en nuestro país.

(*) El autor es presidente de la Comisión de Seguridad Social del Congreso




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Tanto la Comisión de Seguridad Social como la de Constitución y Reglamento tienen la responsabilidad de dirigir el debate público que permita acercarnos a un entendimiento político entre las partes, flexibilizando las posiciones extremas y adoptando soluciones realistas que sean verdaderamente aplicables en nuestro país.