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En cumplimiento de lo previsto por el artículo 6° de la RCD N° 116-2003-CD/OSIPTEL - Condiciones de Uso de los Servicios Públicos de Telecomunicaciones, a continuación se incluyen los distintos modelos de contratos correspondientes a los servicios prestados por Terra Networks Perú S.A. Seleccionar:
1. Terra Plus Mensual
2. Terra Plus Anual
- CONTRATO: TERRA PLUS MENSUAL -
CONTRATO DE PRESTACIÓN DEL SERVICIO DE VALOR AÑADIDO PARA
ACCESO A INTERNET Y CORREO ELECTRÓNICO
Conste por el presente documento el Contrato de Prestación del Servicio de Valor Añadido para Acceso a Internet y Correo Electrónico (en adelante el “Contrato”) que celebran TERRA NETWORKS PERU S.A. (en adelante “LA EMPRESA OPERADORA”) y Ud. (en adelante el “ABONADO”), de acuerdo a los siguientes términos:
CLÁUSULA PRIMERA.
Constituye objeto del presente Contrato la prestación efectiva del servicio de valor añadido para Acceso a Internet y Correo Electrónico por la EMPRESA OPERADORA. El ABONADO se encuentra obligado al pago de los recibos, dentro de los plazos estipulados en las Condiciones de Uso de los Servicios Públicos de Difusión y de Servicios de Valor Añadido para Acceso a Internet (servicios de conmutación de datos por paquete y mensajería interpersonal en la modalidad de correo electrónico), (en adelante las “Condiciones de Uso”) aprobadas por el Organismo Supervisor de Inversión Privada en Telecomunicaciones (en adelante “OSIPTEL”).
CLÁUSULA SEGUNDA.
El ABONADO podrá dar por terminado el presente Contrato sujetándose a las disposiciones contenidas en las Condiciones de Uso y el ordenamiento legal vigente.
CLÁUSULA TERCERA.
LA EMPRESA OPERADORA tiene la facultad de suspender o cortar el servicio o de resolver el Contrato de ABONADO sólo en los supuestos previstos y de acuerdo a los mecanismos diseñados en las Condiciones de Uso aprobadas por OSIPTEL.
CLÁUSULA CUARTA.
El ABONADO autoriza a la EMPRESA OPERADORA a entregar a OSIPTEL cuando éste último lo requiera, la información contenida en su recibo, copia del mismo y/o la información respecto de los servicios que LA EMPRESA OPERADORA le presta, exclusivamente con fines de supervisión. La información a la que se hace mención no se hará de conocimiento público.
En cualquier momento, el ABONADO podrá revocar la autorización otorgada a LA EMPRESA OPERADORA.
CLÁUSULA QUINTA.
Forman parte del presente Contrato las Cláusulas Adicionales en las que el ABONADO ha consignado su opción respecto de los servicios que hayan sido ofrecidos por LA EMPRESA OPERADORA.
CLÁUSULA SEXTA
Son de aplicación y cumplimiento obligatorio a la presente relación contractual las Condiciones de Uso aprobadas por OSIPTEL.
CLAUSULA ADICIONAL
CONDICIONES PARTICULARES APLICABLES AL SERVICIO DE VALOR AÑADIDO PARA ACCESO A INTERNET Y CORREO ELECTRONICO DE TERRA NETWORKS PERU S.A.
1. OBJETO
De conformidad con lo establecido en los artículos 7°, 11° y demás pertinentes de las Condiciones de Uso de los Servicios Públicos de Telecomunicaciones aprobadas por el Organismo Supervisor de Inversión Privada en Telecomunicaciones (OSIPTEL) -ver nota 01 al final del documento-, así como por lo dispuesto en el Contrato de Prestación del Servicio de Valor Añadido para Acceso a Internet y Correo Electrónico de LA EMPRESA OPERADORA, por intermedio de la presente Cláusula Adicional el ABONADO acepta las Condiciones Particulares aplicables al Servicio de Acceso a Internet y Correo Electrónico proporcionado por LA EMPRESA OPERADORA -en adelante simplemente “TERRA”-, según los términos contenidos en el presente documento.
Las presentes Condiciones Particulares complementan lo establecido en las Condiciones Generales aprobadas por OSIPTEL que forman parte integrante del Contrato. Ambas en conjunto rigen la relación derivada de la prestación por parte de TERRA del servicio de acceso a Internet y correo electrónico que ha sido adquirido por el ABONADO en alguno de los distintos puntos o canales de venta de TERRA o -de ser el caso- por promoción, de acuerdo con las características y particularidades propias de dicho servicio (ver nota 02 al final del documento), características que el ABONADO declara conocer y aceptar y que: (i) fueron puestas de su conocimiento de manera clara, detallada y precisa con anterioridad a la adquisición del Kit de Conexión para el acceso a Internet que permite darse de alta y contratar los Servicios de TERRA, y; (ii) son además puestas de conocimiento público a través de Internet en la URL http://www.terra.com.pe/isp/.
2. DURACIÓN DEL CONTRATO Y FORMA DE PAGO
El presente contrato tiene una duración indeterminada. Para estos efectos, se considera como fecha de inicio el momento de la aceptación del Contrato y de la Cláusula Adicional que forma parte integrante del mismo por parte del ABONADO al darse de alta en el servicio, según el mecanismo señalado en la Cláusula Décimo Segunda de las presentes Condiciones Particulares.
Sin perjuicio de lo señalado en el párrafo anterior, y de conformidad con lo estipulado en el artículo 22° de las Condiciones de Uso de los Servicios Públicos de Telecomunicaciones-, el ABONADO declara conocer y aceptar que la facturación y el pago correspondiente a la prestación de los servicios por parte de TERRA se realizará con anterioridad a la prestación de los mismos y con una periodicidad mensual, para lo cual TERRA remitirá mensualmente al ABONADO un recibo por el monto correspondiente al siguiente mes de prestación del servicio Terra Plus contratado. Al adquirir el Kit de Conexión que incorpora el Contrato y la presente Cláusula Adicional que forma parte integrante del mismo, el ABONADO ha cancelado por adelantado el monto correspondiente al valor de un primer periodo mensual de prestación de servicio, contado desde la fecha en que el ABONADO se haya dado de alta al servicio, además del valor de los softwares y programas informáticos marca “Terra” contenidos en el Kit de Conexión (incluyendo, aunque sin limitarse a aquellos que son necesarios para acceder a los servicios prestados por TERRA) y el valor de las correspondientes licencias incorporadas en los mismos.
Una vez aceptado por el ABONADO el Contrato y la cláusula adicional que forma parte del mismo según el mecanismo de aceptación previsto en la Cláusula Décimo Segunda de las presentes Condiciones Particulares, TERRA prestará al ABONADO el servicio de acceso a Internet contratado por éste, así como el servicio de correo electrónico y los demás servicios adicionales vinculados a dicho producto (incluyendo el servicio de hosting, el servicio de Disco Duro Virtual, entre otros). En atención a la duración indeterminada del presente contrato y de la prestación de los servicios asociados al mismo, queda expresamente acordado que el ABONADO queda obligado a asumir frente a TERRA y por adelantado el pago del valor de dicho servicio por los siguientes periodos mensuales de facturación, de acuerdo a las tarifas mantenidas por TERRA para la prestación del servicio que se encuentren vigentes en cada oportunidad y que serán debidamente puestas de conocimiento público según lo establecido por las normas sobre la materia.
De acuerdo a lo indicado en la presente Cláusula, para efectos del pago por los siguientes periodos de prestación del Servicio, TERRA procederá a remitir, al domicilio que hubiere sido señalado por el ABONADO al momento de darse de alta en el servicio, el recibo de pago correspondiente, el mismo que deberá ser cancelado a más tardar en la fecha de vencimiento de este, no existiendo para la realización del pago antes indicado periodo de gracia alguno a favor del ABONADO.
El ABONADO declara conocer y aceptar el hecho que la no cancelación del recibo hasta la fecha de vencimiento indicada en el mismo equivale a su negativa a la continuación de la prestación del Servicio, motivo por el cual -de conformidad con lo previsto por las Condiciones de Uso de los Servicios Públicos de Telecomunicaciones aprobadas por OSIPTEL- una vez vencido el recibo TERRA se encuentra facultada a proceder en cualquier momento con la suspensión total del Servicio que le venía siendo prestado al ABONADO, sin incurrir por ello en responsabilidad de ninguna especie. Transcurrido el plazo legalmente establecido, luego de la suspensión y corte del servicio sin que el ABONADO haya procedido con la cancelación o pago del recibo vencido, se entenderá terminada la relación contractual derivada de la celebración del Contrato, procediéndose a dar de baja el Servicio, lo cual le será oportunamente comunicado al abonado por parte de TERRA.
3. ACCESO A INTERNET Y CORREO ELECTRONICO
3.1. SOBRE EL ACCESO A INTERNET
3.1.1. Código de Usuario y Clave Personal de Acceso
a. El servicio de acceso a Internet proporcionado por TERRA permitirá al ABONADO acceder a los demás servicios Internet asociados al mismo mediante la utilización de un login de acceso o código de usuario ("username") y una clave personal de acceso ("password"), la cual es personal e intransferible. Es responsabilidad del ABONADO custodiar el secreto de su/s clave/s de acceso a Internet, así como las de los demás servicios para los que sea necesario una comprobación de acceso por motivos de seguridad.
b. El ABONADO debe elegir e indicar tanto su código de usuario como su clave personal de acceso. TERRA validará las mismas siempre y cuando no hayan sido tomadas por algún otro abonado o usuario con anterioridad. El ABONADO no podrá elegir como código de usuario o como clave personal de acceso y/o correo electrónico palabras, expresiones o conjuntos gráfico-denominativos malsonantes, injuriosos, coincidentes con marcas, nombres comerciales, rótulos de establecimientos, denominaciones sociales, expresiones publicitarias, nombres y seudónimos de personajes de relevancia pública o famosos para cuya utilización no esté autorizado y, en general, que sean contrarios a la Ley, el orden público, la moral y las buenas costumbres. Si así lo hiciere, las consecuencias de ello derivadas serán de exclusiva responsabilidad del ABONADO.
c. Queda expresamente establecido que el código de usuario que sea elegido por el ABONADO permanecerá como asociado o vinculado al mismo durante la vigencia de la relación contractual mantenida por éste con TERRA como consecuencia de la prestación del servicio de acceso a Internet y correo electrónico. Adicionalmente, el abonado podrá configurar los demás servicios vinculados al acceso a Internet de TERRA de modo tal que la utilización de los mismos pueda llevarse a cabo mediante el empleo del mismo código de usuario por el elegido; sin embargo, se advierte de manera expresa al ABONADO que de ser este el caso, la clave personal de acceso que deberá ser utilizada por él para acceder a estos servicios vinculados será necesariamente la misma que fue elegida por el ABONADO como su clave personal de acceso para el servicio de acceso a Internet. Por este motivo, se recomienda al ABONADO extremar la precaución.
d. En caso el ABONADO fuese dado de baja de los servicios de TERRA según lo previsto en las presentes Condiciones Particulares, o en general, de terminar la relación mantenida entre el ABONADO y TERRA como consecuencia de la aceptación del presente Contrato, TERRA podrá optar por: (i) reservar el código de usuario y/o la clave personal de acceso de dicho ABONADO hasta por un plazo que no excederá de un (01) mes después de que se le hubiere dado de baja o de haber terminado la relación contractual mantenida con él; (ii) permitir que otra persona haga uso del código de usuario y/o la clave personal de acceso antes indicadas, o; (iii) reservar para sí dicho código de usuario y/o clave personal de acceso, dándole a los mismos las finalidades que estime más convenientes.
e. En caso de pérdida o robo de la clave personal de acceso, el ABONADO se obliga a comunicar expresamente esta incidencia a TERRA en el menor plazo de tiempo posible con el fin de inmovilizar el acceso a los servicios, siendo responsable el ABONADO de los consumos y utilizaciones aplicables a su cuenta de acceso a Internet y correo electrónico hasta el momento en que se lleve a cabo tal comunicación.
3.1.2. Indicación de Número Telefónico vinculado al Acceso (ANI)
Para efectos de acceder y poder hacer uso del servicio de acceso a Internet de TERRA, al momento de darse de alta a tales servicios la persona que desee adquirir la condición de ABONADO deberá necesariamente proceder a indicar el número telefónico desde el cual hará uso de tal servicio (en adelante “Automatic Number Identification” o simplemente “ANI”).
Queda expresamente acordado que cada ABONADO podrá hacer uso del servicio de acceso a Internet de TERRA única y exclusivamente desde el ANI que hubiese sido indicado por él al momento de darse de alta a dicho servicio. Todo intento de conexión a Internet por parte del ABONADO a través de un ANI distinto al anteriormente señalado podrá no producir resultados de conexión, no siendo ello de responsabilidad de TERRA. TERRA podrá, en cualquier momento sin previo aviso, bloquear cualquier conexión que se trate de establecer a través de un ANI distinto al indicado por el ABONADO al darse de alta al servicio.
Respecto del ANI que es consignado por el ABONADO al momento de darse de alta al servicio de acceso a Internet de TERRA, el ABONADO garantiza ser titular del mismo o, en su caso, contar con los más amplios permisos y autorizaciones necesarias para efectos de indicar a TERRA dicho ANI, así como para darle a dicho ANI las finalidades antes indicadas. En caso se detectase la contravención de esta garantía, tal hecho determinará las consecuencias previstas en la Cláusula Décima de las presentes Condiciones Particulares.
De manera extraordinaria el ABONADO tendrá la posibilidad de modificar el ANI a través del cual hará uso del servicio de acceso a Internet de TERRA y que le hubiere sido comunicada a esta. Para estos efectos, el ABONADO deberá ponerse en contacto con el Centro de Atención al Usuario (CAU) de TERRA al número telefónico habilitado por este, o a cualquier otro que sea utilizado o dispuesto por TERRA en dicho momento, en donde será informado acerca de los requisitos y del procedimiento que deberá observar a efectos de hacer efectiva la modificación del ANI.
3.1.3. Datos Personales - Imposibilidad de Adquirir la Condición de Abonado
A efectos de poder acceder al servicio de Acceso a Internet, cualquier persona que desee adquirir la condición de ABONADO de TERRA deberá proceder a completar la totalidad de los datos personales de carácter obligatorio que le sean requeridos por la misma a través del Kit de Conexión. Tales personas se obligan frente a TERRA a proporcionar datos exactos y verdaderos, reservándose TERRA el derecho de verificar en cualquier momento el cumplimiento de dicha obligación, así como la veracidad de los datos que le han sido proporcionados, siendo que cualquier imprecisión o falsedad detectada en los mismos determinará las consecuencias previstas en la Cláusula Décima del presente documento.
Queda expresamente excluida de la posibilidad de adquirir la condición de ABONADO a los Servicios de TERRA: (i) cualquier persona que al momento de llevar a cabo el procedimiento descrito en el presente apartado 3.1. -así como la aceptación de los términos contenidos en el Contrato del cual forma parte integrante la presente cláusula adicional- no ostente la mayoría de edad o goce de capacidad legal de ejercicio según lo previsto en la legislación civil nacional sobre la materia; (ii) aquellas personas inhabilitadas para contratar de acuerdo a la normativa vigente; (iii) aquellas personas que mantengan con TERRA una deuda exigible por la prestación del servicio de acceso a Internet y correo electrónico, hasta que hayan cumplido con pagar las sumas adeudadas, y; (iv) aquellas personas que mantengan una deuda exigible por la prestación del servicio de acceso a Internet y correo electrónico con otras empresas operadoras distintas de TERRA.
3.2. FACILIDADES ADICIONALES
El Kit de Conexión de TERRA contiene los softwares y programas informáticos necesarios para acceder al servicio de acceso a Internet prestado por ésta.
Sin perjuicio de lo señalado en el párrafo anterior, TERRA podrá -a su sólo criterio- incluir en el Kit de Conexión cualesquiera contenidos, facilidades, servicios y/o programas informáticos distintos de los absolutamente indispensables para el acceso a los Servicios. El ABONADO declara conocer y aceptar el hecho que la continuidad y características de los contenidos, facilidades, servicios, proveedores y/o programas antes indicados podrán ser limitadas en el tiempo o modificadas por TERRA a su solo criterio.
Entre dichas facilidades podrán hallarse incluidas las siguientes -sin que ésta sea una enumeración limitativa-:
- Un browser o explorador de Internet, cuya finalidad es la de permitir llevar a cabo la navegación en Internet. El ABONADO declara conocer y aceptar el hecho que la utilización de dicho browser es meramente opcional, pudiendo por ello optar por reemplazar el mismo por un producto distinto según su elección y/o conveniencia. Asimismo, el ABONADO reconoce y acepta que la apariencia y configuración del browser a que se refiere el presente párrafo puede ser y es libremente determinada por TERRA, pudiendo el mismo contener logos, marcas, diseños y cualesquiera otros signos distintivos tanto de TERRA como de un tercero elegido libremente por ésta.
- La posibilidad de acceder a un servicio de detección de virus informáticos en correos electrónicos, desarrollado y prestado directamente por un proveedor contratado por TERRA. Dicho servicio -según las especificaciones dadas por el proveedor del mismo directamente encargado de su prestación- podrá permitir detectar y eliminar virus informáticos adjuntos al correo electrónico SMTP, detectar y eliminar virus en tiempo real, bloquear códigos dañinos Java y ActiveX, limpiar virus macro conocidos, mantener un registro detallado de las infecciones y enviar mensajes de advertencia ante la presencia de virus.
- La posibilidad de acceder a un servicio “Antivirus On-Line” desarrollado y prestado directamente por un proveedor contratado por TERRA. Dicho servicio -según las especificaciones dadas por el proveedor encargado de su prestación- podrá permitir detectar y eliminar virus informáticos de la computadora personal en forma rápida y sencilla, pudiendo además accederse al mismo desde cualquier lugar en que el ABONADO se encuentre conectado a Internet.
- La posibilidad de (i) medir la velocidad de conexión a Internet a través de TERRA; (ii) medir y programar el tiempo o periodo de duración de la conexión a Internet a través de TERRA (servicio “T-Avisa”); (iii) conocer las fechas de las conexiones a Internet realizadas a través de los servicios de TERRA (servicio “T-Controla”); (iv) acceder a un servicio de auto-respuesta de correos electrónicos en ausencia del ABONADO cuando por alguna circunstancia éste no se halle en la posibilidad de responder sus mensajes (servicio “T-Responde”).
- Distintos softwares o programas informáticos para la visualización y reproducción de archivos en formato gráfico o multimedia.
3.3. SOBRE EL SERVICIO DE CORREO ELECTRÓNICO
3.3.1. CONDICIONES PARA LA UTILIZACION DEL SERVICIO
El servicio de correo electrónico prestado por TERRA exige la elección y utilización por parte del ABONADO del nombre de usuario con el que desee que se identifique a la cuenta de correo electrónico “@terra.com.pe” a la que tiene derecho en virtud de la contratación del servicio, además de la asignación de la contraseña (“password”) para el acceso a dicha cuenta. Se considera de exclusiva responsabilidad del ABONADO la custodia del secreto de la contraseña correspondiente a la de correo electrónico asociada al servicio de acceso a Internet contratado por él.
Al momento de darse de alta en el servicio de acceso a Internet de TERRA el ABONADO deberá necesariamente llevar a cabo la activación de la cuenta de correo electrónico asociada a dicho servicio.
Queda expresamente establecido que resultan de aplicación a la clave de acceso y la contraseña a que se hace referencia en la presente cláusula las disposiciones contenidas en los apartados “b”, “c”, “d” y “e” de la cláusula 3.1.1 de estas condiciones particulares.
3.3.2. ENVÍO DE MENSAJES DE CORREO ELECTRÓNICO
Queda expresamente dispuesto el hecho que para llevar a cabo el envío de mensajes de correo electrónico a través de los servidores de salida de correo (SMTP) de TERRA, el ABONADO deberá utilizar su cuenta de correo asociada al servicio de TERRA por él contratado. TERRA no se hace responsable ni garantiza el envío de mensajes de correo electrónico a través de sus servidores de salida o SMTP usando cuentas de correo distintas, o dominios distintos a los autorizados y suministrados por TERRA.
3.3.3. POLÍTICA ANTI-SPAMMING DE TERRA
El ABONADO se obliga a hacer uso del Servicio de acceso a Internet y correo electrónico de conformidad con la Política Anti-Spamming adoptada por TERRA. En tal virtud, el ABONADO se obliga a:
(a) abstenerse de remitir a través del Servicio cualquier tipo de mensajes de correo electrónico a uno o más destinatarios que expresamente hubieren solicitado al ABONADO el no envío -o en su caso, la no continuación del envío- de mensajes de correo electrónico de cualquier clase. En caso el ABONADO contraviniese la presente obligación, los eventuales destinatarios de tales mensajes no deseados se hallan en posibilidad de notificar tal hecho a TERRA a fin de que ésta adopte las medidas que estime oportunas;
(b) abstenerse de enviar mensajes de correo electrónico a una pluralidad de destinatarios cuyas direcciones de correo electrónico sean inexistentes;
(c) abstenerse de consignar como dirección de correo electrónico de salida, reenvío o respuesta de los mensajes de correo electrónico por él enviados una dirección de correo distinta a la dirección con dominio “@terra.com.pe” que hubiere sido utilizada por el ABONADO para remitir el correspondiente mensaje (y que está asociada directamente al acceso a Internet proporcionado por TERRA al ABONADO en virtud de la celebración del Contrato de Abonado del cual forma parte integrante la presente Cláusula Adicional). En caso el ABONADO contraviniese la presente obligación, los eventuales destinatarios de mensajes de correo electrónico no deseado se hallan en posibilidad de notificar tal hecho a TERRA a fin de que ésta adopte las medidas que estime oportunas;
(d) abstenerse de utilizar las listas de distribución a las que pueda tener acceso a través del Servicio para el envío de mensajes de correo electrónico no solicitados dirigidos a la totalidad de integrantes de las mismas, independientemente de su finalidad;
(e) abstenerse de comunicar a terceros, divulgar, difundir o comercializar de cualquier modo las listas de distribución (o cualquiera de los elementos integrantes de las mismas) a las que el ABONADO pueda tener o tenga acceso a través del Servicio.
(f) abstenerse de llevar a cabo el envío de mensajes de correo electrónico o la realización de cualquier otro tipo de prácticas a través del servicio que pudieran determinar o efectivamente determinen la inclusión de las direcciones IP asignadas a los servidores de salida (o SMTP) utilizados por TERRA en las “listas” o “relaciones” elaboradas y/o mantenidas por entidades u organizaciones internacionales de lucha contra el Spam (incluyendo SpamCop.net; Ordb.org; Orbl.org; Orbz.org; entre otras), y en las cuales son consignados los distintos servidores SMTP a través de los cuales se lleva a cabo el envío de mensajes de correo electrónico no deseado o “Spam”.
En caso el ABONADO contraviniese cualquiera de las obligaciones a que se hace referencia en la presente cláusula, el mismo declara conocer y aceptar el hecho que TERRA se reserva el derecho de: (i) bloquear la posibilidad de enviar cualquier tipo de mensajes desde la(s) cuenta(s) de correo electrónico del ABONADO, o; (ii) proceder con la resolución del Contrato, de conformidad con el procedimiento descrito en la cláusula Décima de las presentes Condiciones Particulares.
3.3.4. ELIMINACIÓN Y RESTRICCIÓN DE ACCESO A MENSAJES DE CORREO ELECTRÓNICO
Queda expresamente dispuesto que en caso el ABONADO fuese dado de baja de los servicios de TERRA de conformidad con lo previsto en las presentes Condiciones Particulares (incluyendo, aunque sin limitarse a la falta de pago por los servicios y a las causales de resolución a que se refiere la cláusula 10), se dará por terminada la presente relación contractual mantenida entre el ABONADO y TERRA, no asistiéndole al ABONADO derecho alguno frente a ésta. Por esta razón, TERRA podrá optar -según su conveniencia- por: (i) eliminar de sus servidores los mensajes enviados y/o recibidos por el ABONADO en la cuenta de correo electrónico asociada al presente contrato, o; (ii) mantener dichos mensajes en sus servidores hasta por un plazo que en ningún caso excederá de un (01) mes después de que se le hubiere dado de baja al ABONADO o de haber terminado la relación contractual mantenida con él.
De otro lado, en aquellos casos de suspensión y/o corte del servicio de acceso a Internet y correo electrónico que es prestado por TERRA (según lo señalado en las Condiciones de Uso de los Servicios Públicos de Telecomunicaciones aprobadas por OSIPTEL), TERRA se reserva el derecho de permitir al abonado titular de dicho servicio acceder a los mensajes que hubieran sido recibidos en la dirección de correo electrónico asociada al contrato de abonado objeto de la suspensión o corte.
3.4. SOBRE EL SERVICIO DE ALOJAMIENTO GRATUITO DE PAGINA WEB
En virtud de la contratación del Servicio, el ABONADO tiene la posibilidad de acceder a un servicio de alojamiento gratuito de una página web de su propiedad en la sección del Portal de Internet de propiedad de TERRA destinada por ésta para ello.
El alojamiento de página web a que se hace referencia en la presente cláusula se hará efectivo de acuerdo a las características ofrecidas por TERRA y asociadas a su servicio de acceso a Internet y correo electrónico (ver nota 02 al final del documento). El ABONADO declara conocer y aceptar que en virtud de la prestación del presente servicio las obligaciones de TERRA se limitan única y exclusivamente al alojamiento de una página web previamente existente de propiedad del ABONADO, siendo por ello de exclusiva responsabilidad de éste la creación (incluyendo el desarrollo, diseño y demás actos que fueran necesarias para ello) y actualizaciones de la página web de su propiedad, debiendo asumir íntegramente los costos que ello devengue.
En particular, el ABONADO declara conocer y aceptar el hecho que la prestación efectiva del servicio de alojamiento de página web antes descrito se halla sujeta a la suscripción del correspondiente formato de afiliación y a la aceptación de las condiciones generales aplicables a la prestación de dicho servicio, una copia de las cuales es puesta de conocimiento público a través de la URL http://paginaspersonales.terra.com.pe/condicionespp.shtml.
3.5. SOBRE EL SERVICIO DE DISCO DURO VIRTUAL
En mérito a la contratación del Servicio, el ABONADO tiene la posibilidad de acceder y hacer uso del servicio de Disco Duro Virtual (el “Disco Virtual”), a través del cual TERRA pone a disposición del ABONADO un espacio virtual de hasta de veinticinco (25) Megabytes de capacidad en un servidor perteneciente a TERRA -o, en todo caso, cuyos derechos de uso han sido adquiridos por TERRA-, en donde el ABONADO puede almacenar o guardar información.
El ABONADO declara conocer y aceptar que la prestación del servicio de Disco Virtual por parte de TERRA y la utilización de dicho servicio por parte del ABONADO se hallan condicionadas a: (i) que el ABONADO proceda a darse de alta en el servicio de Disco Virtual en el Portal en Internet de propiedad de TERRA, a través de la URL http://extranet.terra.com.pe, y; (ii) a la aceptación expresa por parte del ABONADO de las “Condiciones Generales de Uso del Servicio Disco Virtual”, las cuales son puestas de conocimiento público a través de la URL http://discovirtual.terra.com.pe/ddv103.shtml.
4. RESPONSABILIDAD
4.1. TERRA se compromete a brindar el servicio -de acuerdo con los usos establecidos para el mismo- de manera continua e ininterrumpida. Sin embargo, no asumirá responsabilidad alguna en caso de imposibilidad de brindar el mismo si ello se debiera a casos fortuitos, causas de fuerza mayor, circunstancias fuera del control de TERRA -incluyendo pero sin limitarse a el accionar de terceras personas o la falta de continuidad en la prestación por un deficiente funcionamiento del servicio portador, el cual permite a TERRA a su vez prestar a los Abonados el servicio de acceso a Internet-, o aquellas causas que siendo previsibles, no fueran evitables. Tampoco asumirá responsabilidad en caso de que la imposibilidad de brindar el servicio la origine el propio ABONADO o cualquier persona autorizada por él. De la misma forma, TERRA no se responsabiliza de la perdida de correos electrónicos que se pudieran manifestar como consecuencia de los cortes de servicio o desperfectos acontecidos por caso fortuito, fuerza mayor u otras circunstancias fuera de su control.
4.2. El ABONADO reconoce y acepta el hecho que TERRA no tiene ningún control sobre la información o contenidos a los que se puede acceder a través de los servicios prestados por ésta, así como que TERRA no examina el uso que el ABONADO u otros usuarios hagan de la información o contenidos a los que están accediendo o que están enviando. Por tanto TERRA no se hace responsable de la exactitud, calidad, fiabilidad, veracidad, exhaustividad, actualidad, corrección o moralidad de los datos, programas, contenidos, información u opiniones, cualquiera que sea su origen, que circulen por su red o por las redes a las que el ABONADO pueda acceder a través de la de TERRA.
4.3. TERRA tampoco se hará responsable de:
a. La adecuación del Servicio a las expectativas o necesidades reales del ABONADO (incluyendo la adecuación del Servicio a las expectativas del ABONADO relacionadas con la velocidad de conexión / acceso a Internet, o la velocidad de descarga o de transmisión de datos), ni del contenido, corrección, veracidad o exactitud de la información residente en las redes y a la que puede acceder el ABONADO, o por la información introducida, circulada o puesta a disposición por el ABONADO o cualquier otra persona, quienes serán en este último caso, los responsables frente a terceros de las reclamaciones por este concepto.
b. Las infracciones de cualquier usuario de las redes telemáticas que afecten a los derechos de cualquier ABONADO o usuario del Servicio prestado por TERRA, incluyendo pero sin limitarse a los derechos referentes a la propiedad intelectual, industrial, patente, marca, información confidencial y en general cualquier otro derecho que pudiera resultar afectado.
c. Cualquier contenido (independientemente de su formato) y/u opiniones incluidos o reflejados en la página personal creada por el ABONADO y que pudiera ser eventualmente alojada por TERRA de acuerdo a lo señalado en el apartado 3.4 de las presentes condiciones.
d. Cualquier disfunción o degradación del Servicio, por alguien que opere en nombre o por cuenta del ABONADO, o por un tercero que acceda al Servicio por los procedimientos y claves de acceso de dicho ABONADO, sea autorizado o no. En cualquier caso, el ABONADO infractor o el causante de la disfunción o degradación -según sea el caso- será responsable de las consecuencias de su acción.
e. Cualquier daño y/o perjuicio derivado o que pudiera derivarse para el ABONADO como consecuencia de una falla en el servicio de detección de virus informáticos en correos electrónicos. Al ser el mismo un servicio prestado directamente por un proveedor ajeno a TERRA, esta última no se halla en posibilidad de garantizar ni garantiza la utilidad, fiabilidad, infalibilidad, disponibilidad, continuidad ni el grado de actualización de dicho servicio, ni tampoco garantiza la veracidad, fiabilidad, actualidad o exactitud de lo afirmado por la empresa encargada de la prestación del servicio respecto del funcionamiento del mismo.
f. Cualquier daño y/o perjuicio derivado o que pudiera derivarse para el ABONADO como consecuencia de una falla en el servicio “Antivirus On-Line”. Al ser el mismo un servicio prestado directamente por un proveedor ajeno a TERRA, esta última no se halla en posibilidad de garantizar ni garantiza la utilidad, fiabilidad, infalibilidad, disponibilidad, continuidad ni el grado de actualización de dicho servicio, ni tampoco garantiza la veracidad, fiabilidad, actualidad o exactitud de lo afirmado por la empresa encargada de su prestación respecto del funcionamiento del mismo.
4.4. El ABONADO manifiesta que conoce y cuenta con el software, hardware y/o equipo necesario para la adecuada implementación, instalación, conexión y posterior utilización del Servicio. En consecuencia TERRA no asumirá responsabilidad alguna por la inadecuación o mal funcionamiento de dicho software, hardware y/o equipo que determine la imposibilidad o dificultad para instalar, activar, acceder o hacer uso del Servicio.
4.5. TERRA no asumirá -ni total ni parcialmente- ningún desembolso o gasto que requiera o realice el ABONADO para poder acceder al Servicio prestado por TERRA, incluyendo pero sin limitarse a los gastos por concepto de línea telefónica, energía eléctrica, implementación de nuevo software o hardware, entre otros. Tales gastos deberán ser asumidos exclusivamente por el ABONADO.
5. CONFIDENCIALIDAD
TERRA en atención a la legislación relativa a la reserva del secreto de las telecomunicaciones y protección de datos, garantiza la adopción de las medidas oportunas para asegurar el tratamiento confidencial de los datos personales proporcionados por el ABONADO; en este sentido, se compromete a no divulgar ésta información a terceros, incluido a los proveedores de servicios telemáticos que sean accesibles a través del Servicio, conservándolos y tratándolos únicamente en tanto sean necesarios para la iniciación, gestión y mantenimiento del Servicio contratado. Queda a salvo lo previsto en la Cláusula Cuarta del Contrato de Prestación del Servicio de Valor Añadido para Acceso a Internet y Correo Electrónico del cual forma parte la presente Cláusula Adicional.
Los datos personales del ABONADO podrán ser consultados o modificados únicamente por su titular (el ABONADO) a través del Portal de TERRA en Internet (http://clientes.terra.com.pe/parametros/); o bien contactándose con los responsables del archivo de dichos datos escribiendo a cau@terra.com.pe, o al número telefónico que sea implementado por el Centro de Atención al Usuario de TERRA. El ABONADO responderá, en cualquier caso, de la veracidad de los datos facilitados, obligándose a no usurpar datos de otra persona o entidad, o usar un nombre falso u otro al que no esté autorizado. TERRA se reserva el derecho a excluir del servicio a todo ABONADO que haya facilitado datos falsos, sin perjuicio de las acciones legales pertinentes.
No existiendo manifestación en contrario por parte del ABONADO a TERRA hecha llegar mediante el envío de un mensaje de correo electrónico a la siguiente dirección servicioalcliente@terra.com.pe, TERRA podrá hacer uso de la información facilitada por el ABONADO, así como la captada por el uso que haga del servicio, para fines comerciales. En este sentido el ABONADO por su parte acepta expresamente que a través de su dirección de correo electrónico -o por cualquier otro medio que estime conveniente-, TERRA pueda remitirle información técnica, operativa, comercial y/o publicitaria ofrecida por sí misma o por terceros -sea a la fecha de celebración del presente Contrato o en el futuro-, así como formularios de encuestas que el ABONADO no queda obligado a contestar.
El ABONADO al darse de alta en el Servicio, acepta previa y expresamente la Política de Privacidad de TERRA, publicada en la URL http://www.terra.com.pe/info/privacidad.shtml.
6. PROPIEDAD INTELECTUAL, UTILIZACION DE LA INFORMACION Y LICENCIA
La propiedad intelectual de las informaciones, datos, bases de datos y demás servicios telemáticos a los cuales el servicio de acceso proporcionado por TERRA permite conectarse, la de los productos eventualmente derivados y los manuales de utilización son propiedad exclusiva de los Proveedores de información.
Bajo la reserva de las estipulaciones de las presentes Condiciones Particulares, TERRA entrega al ABONADO una licencia personal, no-exclusiva e intransferible que le permite el uso del software “Terra” contenido en el Kit de Conexión en la computadora personal a ser utilizada por el ABONADO para efectos de hacer uso de los servicios de TERRA. Está expresamente prohibido copiar el software antes indicado sin contar con la autorización previa y por escrito de TERRA, así como modificar, fusionar o incluir el Software o cualquier elemento escrito en otro Software. Debe entenderse que cualquier intento por parte del ABONADO de cesión o transferencia de una sub-licencia sobre cualquiera de estos derechos, deberes u obligaciones resultantes de esta licencia será nulo, sin perjuicio de la facultad de que goza TERRA de hacer valer sus derechos en las vías que estime pertinentes.
7. SUSPENSIÓN Y CORTE DEL SERVICIO
TERRA podrá suspender la prestación del servicio si el ABONADO no cancela oportunamente el monto que corresponda al período de pago respectivo, según lo previsto al respecto en las Condiciones de Uso de los Servicios Públicos de Telecomunicaciones aprobadas por OSIPTEL. La reconexión del servicio sólo procederá una vez que el ABONADO haya cumplido con efectuar el pago correspondiente y los intereses del mismo y que este pago haya sido registrado como ingresado en TERRA, de conformidad con lo dispuesto por el artículo 54° de las Condiciones de Uso de los Servicios Públicos de Telecomunicaciones. TERRA no asumirá responsabilidad por los pagos que no sean completados a través de los canales de pago dispuestos por ella.
A este respecto, es de aplicación lo expresamente señalado en el último párrafo de la cláusula 2 de las presentes Condiciones Particulares.
8. MODIFICACIONES
TERRA se reserva el derecho a modificar las presentes condiciones particulares y/o las características particulares del servicio en cualquier momento, notificando de tal hecho al ABONADO. Asimismo, TERRA se reserva el derecho de ajustar sus tarifas en cualquier momento, informando para ello al ABONADO con la debida anticipación, entrando en vigencia la nueva tarifa a partir del siguiente período de pago de conformidad con lo establecido por la Resolución de Consejo Directivo N° 060-2000-CD/OSIPTEL, Reglamento General de Tarifas para los servicios públicos de telecomunicaciones.
9. NOTIFICACIONES
Salvo disposición legal contraria, todas las notificaciones y comunicaciones a efectuarse por parte de TERRA al ABONADO se considerarán eficaces a todos los efectos cuando se realicen bajo alguno de los siguientes medios: correo postal; correo electrónico a la cuenta por él proporcionada o en su defecto a la cuenta creada por el ABONADO al darse de alta en el Servicio; anuncio en el portal de TERRA (www.terra.com.pe); llamada telefónica o cualquier otro medio de comunicación convencional.
El ABONADO queda obligado a comunicar a TERRA por escrito cualesquiera cambios relativos al domicilio que le hubiera proporcionado el momento de la celebración del Contrato, así como sobre cualquier tipo de información necesaria para la gestión de la relación contractual, siendo que de lo contrario todas las comunicaciones y/o notificaciones efectuadas por TERRA se entenderán como válidamente realizadas.
10. RESOLUCIÓN
El Contrato de Abonado terminará por las causales expresamente consagradas en el artículo 56° de las Condiciones de Uso de los Servicios Públicos de Telecomunicaciones.
En caso bajo cualquier circunstancia el ABONADO decidiera cancelar el servicio prestado por TERRA, determinando así la resolución del Contrato, deberá comunicarse con la central de atención al cliente de TERRA, debiendo seguir el procedimiento especificado para tal fin, no teniendo derecho a exigir a TERRA la devolución de suma de dinero alguna bajo ningún concepto.
Adicionalmente, TERRA podrá optar por resolver el contrato, de acuerdo al mecanismo contemplado por el artículo 1430° del Código Civil, si el ABONADO incurre en alguna causal de resolución. Para éstos efectos, se considerará causal de resolución cualquier contravención a las presentes Condiciones Particulares, incluyendo pero sin limitarse a las siguientes:
10.1. La reventa del servicio o la utilización comercial del mismo por parte del ABONADO. El ABONADO se hace responsable de las actuaciones de toda persona autorizada por él a usar el Servicio.
10.2. El no respetar las restricciones de uso de cada una de las bases de datos y servicios telemáticos a los cuales tenga acceso el ABONADO (dichas restricciones le serán comunicadas/especificadas por cada proveedor de información).
10.3. Enviar a otros ABONADOS o usuarios mensajes de correo electrónico insultantes, obscenos, amenazadores, o cuyo propósito sea molestar o atentar contra la dignidad de su(s) destinatarios, y en general, que resulten contrarios a la Ley, al orden público, la moral y las buenas costumbres. De modo particular, los ABONADOS se abstendrán de llevar a cabo el envío de mensajes de correo electrónico cuyo contenido (a) contravenga, menosprecie o atente contra los derechos fundamentales y libertades públicas reconocidas constitucionalmente, en los tratados internacionales y en el resto del ordenamiento jurídico; (b) induzca, incite o promueva actuaciones delictivas, denigratorias, difamatorias, infamantes, violentas o, en general, contrarias a la Ley, el orden público, la moral y las buenas costumbres; (c) induzca, incite o promueva actuaciones, actitudes o ideas discriminatorias por razón de sexo, raza, religión, creencias, edad, condición social o cualquier otro factor; (d) incorpore, ponga a disposición o permita acceder a productos, elementos, mensajes y/o servicios delictivos, violentos, pornográficos, degradantes o, en general, contrarios a la Ley, el orden público, la moral y las buenas costumbres; (e) induzca o pueda inducir a sus destinatarios a un estado inaceptable de ansiedad o temor; (f) viole los secretos empresariales de terceros; (g) sea contrario al derecho a honor, a la intimidad personal y familiar o a la propia imagen de las personas; (h) infrinja la normativa sobre secreto de las comunicaciones; (i) constituya publicidad ilícita, engañosa o desleal y, en general, constituya competencia desleal; (j) incorpore virus u otros elementos físicos o electrónicos que puedan dañar o impedir el normal funcionamiento de la red, del sistema o de equipos informáticos (hardware y software) de terceros o que puedan dañar los documentos electrónicos y archivos almacenados en dichos equipos informáticos.
10.4. Obstaculizar culposa o deliberadamente la prestación o la óptima prestación del Servicio.
10.5. La violación de cualesquiera derechos de propiedad intelectual o industrial, sea de TERRA o de terceros.
10.6. La utilización maliciosa o atentatoria del servicio contra TERRA o contra terceros, así como cualquier otra utilización del mismo que presente el carácter de ilícita o contraria a las presentes Condiciones Particulares.
10.7. La manipulación incorrecta, no autorizada o contraria a las presentes Condiciones Particulares que pudiera provocar averías, malfuncionamientos o restricciones en el Servicio o en el pleno uso que de este pueden hacer los abonados o usuarios del mismo; o que provoque o pudiera provocar la pérdida o destrucción de la información en él contenida.
10.8. Todo intento de violación de niveles de acceso, manipulación incorrecta de datos, duplicaciones y exportaciones de datos o informaciones protegidas por derechos de propiedad intelectual u otros derechos legales, y cualquier otro supuesto de uso para fines distintos de los ofertados por TERRA.
10.9. El incumplimiento de cualquiera de las obligaciones con prestación de no hacer a que se hace referencia en los incisos “a”, “b”, “c”, “d”, “e” y “f” de la cláusula 3.3.3 (“Política Anti-Spamming de TERRA”) de las presentes Condiciones Particulares.
10.10. El acuerdo de una sub-licencia, cesión o transferencia de las licencias otorgadas por este contrato.
10.11. Cualesquiera otro acto de similares características o que puedan ser calificados como antisociales, indeseables o contrarios a las presentes Condiciones Particulares, así como los que obstaculicen de manera directa o indirecta la prestación del Servicio.
10.12. El incumplimiento por parte del ABONADO de su obligación de proporcionar a TERRA sus datos personales o su ANI de manera exacta y verdadera, siendo que cualquier imprecisión o falsedad detectada por TERRA en los mismos se considerará incursa en la presente causal.
10.13. La detección por parte de TERRA de la minoría de edad o incapacidad legal del ABONADO al momento de llevar a cabo la celebración del contrato.
10.14.El incumplimiento de cualquiera de las condiciones establecidas en las presentes Condiciones Particulares.
De incurrir el ABONADO en cualquiera de las causales de resolución, TERRA tendrá la facultad de resolver el contrato e interrumpir la prestación del Servicio, para lo cual procederá con el envío de una comunicación -según lo descrito a tal efecto en la cláusula Novena de las presentes Condiciones Particulares- a través de la cual notificará al ABONADO su decisión. Por esta razón, el ABONADO reconoce de antemano no tener ningún derecho a indemnización o devolución de cantidad de dinero alguna en caso se produzca el supuesto a que se refiere la presente cláusula.
Queda establecido que la resolución del contrato en ningún caso, afectará la obligación del ABONADO de pagar los montos que se hubiesen devengado hasta la fecha de terminación del periodo facturado.
11. LEY Y ARBITRAJE
El presente Contrato se rige de conformidad con las Leyes de la República del Perú.
Tanto el ABONADO como TERRA renuncian al fuero judicial de sus respectivos domicilios y se someten expresamente a un procedimiento con un árbitro único que será organizado y desarrollado por el Centro de Arbitraje Nacional e Internacional de la Cámara de Comercio de Lima, la misma que designará el árbitro y establecerá el procedimiento y demás reglas de acuerdo a su reglamento arbitral.
Sin perjuicio de lo establecido en el párrafo anterior, ambas partes acuerdan lo siguiente: (i) El arbitraje se llevará a cabo en la Ciudad de Lima; (ii) El arbitraje será de derecho; (iii) El laudo tendrá carácter obligatorio e inapelable; (iv) El laudo deberá pronunciarse sobre la condena o exoneración de los gastos generados por el arbitraje.
12. ACEPTACION
Se entiende que mediante la realización de un click en el botón “ACEPTAR” que aparece al momento de la instalación en línea del software contenido en el Kit de Conexión, el ABONADO expresa su total aceptación y conformidad con cada uno de los términos contenidos tanto en el Contrato como en la/s Cláusula/s Adicional/es que forma/n parte integrante del mismo, así como en la Política de Privacidad de TERRA (ubicada en la URL http://www.terra.com.pe/info/privacidad.shtml), habiendo procedido el ABONADO a darse de alta en el Servicio, según los mecanismos de aceptación previstos por OSIPTEL mediante la Resolución de Consejo Directivo N° 116-2003-CD/OSIPTEL, Condiciones de Uso de los Servicios Públicos de Telecomunicaciones.
En tal sentido, el ABONADO reconoce y acepta expresamente el hecho que el mismo no puede ni podrá dirigir ningún tipo de reclamación en contra de TERRA por la aplicación de alguna de las disposiciones contenidas en los documentos antes indicados, y en particular, el ABONADO no podrá alegar el desconocimiento o la no lectura de los términos contenidos en el Contrato y -en su caso- en la/s Cláusula/s Adicional/es al mismo, así como tampoco la falta de aceptación de los mismos.
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NOTAS:
(01) Aprobadas mediante Resolución de Consejo Directivo N° 116-2003-CD/OSIPTEL y publicadas en la URL www.terra.com.pe/isp/exposicion_de_motivos.shtml.
(02) A la fecha, las principales características del servicio de acceso a Internet y correo electrónico Terra Plus que es prestado por TERRA son las siguientes:
- Acceso a Internet vía Red Telefónica Básica (RTB) o vía Red Digital de Servicios Integrados (RDSI), según la opción elegida y configurada por el correspondiente ABONADO al momento de darse de alta en el servicio;
- Una (01) cuenta o buzón de correo “E-mail Seguro” (con sistema de detección de virus informáticos) con dominio “@terra.com.pe”, de un máximo de veinte (20) Megabytes de capacidad; asimismo, la posibilidad de acceder directamente a dicho de correo electrónico a través del Portal de TERRA en Internet y a través de teléfonos celulares (sujeto a disponibilidad de la empresa de telefonía que presta dicho servicio al ABONADO). Queda expresamente previsto que TERRA se reserva el derecho de eliminar los mensajes de correo electrónico recibidos por el ABONADO en caso en el correspondiente buzón de correo electrónico se exceda la cuota máxima de veinte (20) Megabytes;
- Servicio de Disco Duro Virtual de cinco (25) Megabytes de capacidad (servicio prestado por TERRA previa activación del mismo por parte del ABONADO a través de la URL http://extranet.terra.com.pe, de conformidad con lo dispuesto en las denominadas “Condiciones de Uso del Servicio Disco Virtual” elaboradas por TERRA y que deberán ser expresamente aceptadas por el ABONADO);
- Un máximo de diez (10) Mb para alojamiento de página web (hosting) (este servicio es prestado por TERRA previa solicitud del mismo por parte del ABONADO, de conformidad con lo dispuesto en las “Condiciones Generales” elaboradas por TERRA y que deberán ser expresamente aceptadas por el ABONADO);
- La posibilidad de acceder a un servicio de “Antivirus On-Line” desarrollado y prestado directamente por un proveedor contratado por TERRA. Este servicio -según las especificaciones del proveedor encargado de su prestación- permitirá detectar y eliminar virus informáticos de la computadora personal en forma rápida y sencilla, pudiendo además accederse al mismo desde cualquier lugar en que el ABONADO se encuentre conectado a Internet.
- Soporte técnico telefónico las veinticuatro horas del día.
TERRA no garantiza el correcto funcionamiento/operatividad del servicio de acceso a Internet y correo electrónico antes indicado de dársele al mismo una utilización contraria a sus características o a lo mencionado en el presente contrato.
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